Frecuentemente los abogados de familia en Bogotá de nuestra firma reciben consultas como ¿Qué se necesita para impugnar la paternidad en Colombia?, por eso queremos traerte este articulo en donde encontraras todo lo relacionado a este interesante tema. La paternidad es una condición que adquiere todo hombre una vez que es padre, es una condición adquirida no solo por tener hijos biológicos sino por aquellos aceptados bajo la figura de la adopción. En términos jurídicos, la paternidad es un estado que al ser adquirido automáticamente genera derechos y obligaciones entre padres e hijos.
Por lo que podemos hablar también de la patria potestad que una vez que se adquiere la responsabilidad de la paternidad, legalmente se obtiene la patria potestad de los hijos no emancipados, de manera que, tanto madre como padre cumplan con los deberes impuestos por ley.
El art. 234 del Código Civil plantea la posibilidad de que exista la duda de la paternidad, en cuyo caso se debe solicitar la intervención de un juez que decida según las circunstancias y pruebas presentadas.
Impugnación de la Paternidad (art. 214 Código Civil): legalmente es viable el rechazo a la paternidad y el Código Civil estipula en qué casos procede:
Esta acción legal de impugnar la paternidad le corresponde a la madre y al cónyuge o compañero permanente, para lo cual es necesario que se apliquen las siguientes medidas (art. 386 Código General del Proceso):
Es importante y así lo expresará el juez, que las partes involucradas en el proceso colaboren sin objeciones en la toma de muestras.
Es así como se otorga el derecho de tomar acciones legales para refutar la paternidad cuando exista la duda sobre este hecho, sin embargo, en el mismo proceso el juez competente vinculará al presunto padre biológico, de manera que pueda ser declarada su paternidad en la misma actuación procesal, con el fin de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes, especialmente el derecho que hace referencia a su identidad. Así como también, transferir al padre biológico los deberes que le corresponden por su paternidad.
En conclusión, para que proceda esta acción legal de impugnación de paternidad se necesita que exista un hijo cuya duda del vínculo consanguíneo sea un hecho y que pueda practicarse las pruebas necesarias para comprobarlo.
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