¿Qué es asesoría en derecho penal?
November 12, 2022
El derecho penal es esa área jurídica encargada de regular las conductas delictivas dentro de la sociedad, legislar en función de la prevención del delito y crear normas que permitan sancionar cualquier conducta considerada como tal. En este sentido, el legislador se ha encargado de reunir en el Código Penal colombiano todas las acciones ilegales que ameritan una sanción penal y hace referencia en el artículo 3 a la imposición de la pena, considerando que es una medida de seguridad que responde a una necesidad de prevención, proporcionalidad y razonabilidad. En nuestra firma contamos con
abogados penalistas para brindarte la mejor representación o asesoría en derecho penal.
La asesoría en este ámbito legal corresponde en consecuencia, a la orientación que todo
profesional experto en derecho penal ofrece a quien necesite sus servicios como guía y representante durante todo el procedo judicial. Esta asesoría va dirigida tanto a víctima como acusado de un delito, a la víctima se le acompaña en todo el proceso de solicitud de restitución de sus derechos vulnerados y al acusado se le asesora en el proceso de juicio en el que se determina si es realmente culpable o no, sobre lo cual, ante sentencia desfavorable se procura una sanción lo más justa y aceptable posible.
Asesoría penal dirigida a la víctima
Según el
Código de Procedimiento Penal artículo 132, son víctimas
"las personas naturales o jurídicas y demás sujetos de derechos que individual o colectivamente hayan sufrido algún daño directo como consecuencia del injusto", una persona puede ser considerada víctima aún sin identificar, aprehender, enjuiciar o condenar al autor del injusto e independientemente de que exista una relación familiar con éste.
La
asesoría del abogado penalista busca en todo momento la reparación del daño causado a la víctima y la defensa de sus derechos vulnerados y así como la Fiscalía General de la Nación debe adoptar medidas de atención a la víctima garantizando su seguridad personal y familiar, su representante legal debe a la par de este organismo, blindar cualquier acción que se ejecute en beneficio de ésta y durante todo el proceso de denuncia, investigación y enjuiciamiento del victimario.
El
art. 11 del Código de Procedimiento Penal establece cuáles son los derechos de la víctima una vez que se adquiere esa condición, derechos que, al estar estipulados como norma, haremos cumplir durante todo el proceso de asesoría penal y judicial. Tienen derecho:
- A recibir, durante todo el procedimiento, un trato humano y digno.
- A la protección de su intimidad, a la garantía de su seguridad, y a la de sus familiares y testigos a favor.
- A una pronta e integral reparación de los daños sufridos, a cargo del autor o partícipe del injusto o de los terceros llamados a responder en los términos de este código.
- A ser oídas y a que se les facilite el aporte de pruebas.
- A recibir desde el primer contacto con las autoridades y en los términos establecidos en este código, información pertinente para la protección de sus intereses y a conocer la verdad de los hechos que conforman las circunstancias del injusto del cual han sido víctimas.
- A que se consideren sus intereses al adoptar una decisión discrecional sobre el ejercicio de la persecución del injusto.
- A ser informadas sobre la decisión definitiva relativa a la persecución penal; a acudir, en lo pertinente, ante el juez de control de garantías, y a interponer los recursos ante el juez de conocimiento, cuando a ello hubiere lugar.
- A ser asistidas durante el juicio y el incidente de reparación integral, si el interés de la justicia lo exigiere, por un abogado que podrá ser designado de oficio.
- A recibir asistencia integral para su recuperación en los términos que señale la ley.
- A ser asistidas gratuitamente por un traductor o intérprete en el evento de no conocer el idioma oficial, o de no poder percibir el lenguaje por los órganos de los sentidos.
Asesoría penal dirigida al acusado o imputado de un delito
En este caso el abogado defensor tiene la facultad, en conjunto con el imputado, de buscar, identificar, recoger y embalar todos los elementos probatorios y evidencia física necesarias para su defensa. Este derecho se garantiza igualmente a personas que aún no son imputadas por la comisión de un delito, pero que son objeto de una investigación penal en su contra.
Una vez que la persona adquiere la condición de imputado se le atribuyen ciertos derechos estipulados en el
art. 8 del CPP , derechos resguardados por su abogado defensor durante todo el proceso de asesoría penal. El imputado tiene derecho a:
- No ser obligado a declarar en contra de sí mismo ni en contra de su cónyuge, compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o civil, o segundo de afinidad.
- No autoincriminarse ni incriminar a su cónyuge, compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o civil, o segundo de afinidad.
- No se utilice el silencio en su contra.
- No se utilice en su contra el contenido de las conversaciones tendientes a lograr un acuerdo para la declaración de responsabilidad en cualquiera de sus formas o de un método alternativo de solución de conflictos, si no llegaren a perfeccionarse.
- Ser oído, asistido y representado por un abogado de confianza o nombrado por el Estado.
- Ser asistido gratuitamente por un traductor debidamente acreditado o reconocido por el juez, en el caso de no poder entender o expresarse en el idioma oficial; o de un intérprete en el evento de no poder percibir el idioma por los órganos de los sentidos o hacerse entender oralmente. Lo anterior no obsta para que pueda estar acompañado por uno designado por él.
- Tener comunicación privada con su defensor antes de comparecer frente a las autoridades.
- Conocer los cargos que le sean imputados, expresados en términos que sean comprensibles, con indicación expresa de las circunstancias conocidas de modo, tiempo y lugar que los fundamentan.
- Disponer de tiempo razonable y de medios adecuados para la preparación de la defensa. De manera excepcional podrá solicitar las prórrogas debidamente justificadas y necesarias para la celebración de las audiencias a las que deba comparecer.
- Solicitar, conocer y controvertir las pruebas.
- Tener un juicio público, oral, contradictorio, concentrado, imparcial, con inmediación de las pruebas y sin dilaciones injustificadas, en el cual pueda, si así lo desea, por sí mismo o por conducto de su defensor, interrogar en audiencia a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia, de ser necesario aun por medios coercitivos, de testigos o peritos que puedan arrojar luz sobre los hechos objeto del debate.
- Renunciar a los derechos contemplados en los literales b) y k) siempre y cuando se trate de una manifestación libre, consciente, voluntaria y debidamente informada. En estos eventos requerirá siempre el asesoramiento de su abogado defensor.
La asesoría en derecho penal de nuestros abogados, busca no solo asistir legalmente a cualquier persona involucrada en un delito, sino que también, como profesionales con valores éticos bien definidos, buscamos actuar en absoluta lealtad y buena fe, defender los derechos de quienes son nuestros clientes, pero apegados a lo que señalan las leyes como correcto proceder.
Como Abogados Penalistas, nos enfocamos en hacer respetar todo lo que el ordenamiento jurídico estipula para la defensa de cualquier persona a quien se le involucre en la comisión de un delito. Nuestra asesoria en derecho penal siempre está enfocada en que se garanticen los derechos de nuestros clientes y que logren el mejor resutado posible en cada caso.
Si necesitas asesoría en derecho penal en World Legal Corporation podemos ayudarte y poner a tu disposición el mejor Abogado Penalista de Bogotá. En World Legal Corporation contamos con Abogados Penales cuya constancia en el logro de los objetivos que persiguen nuestros clientes es indiscutible. ¡Contáctanos Llenando el
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