¿Qué pasa si se falsifica un documento público?
December 20, 2021
Para iniciar este tema lo primero que debemos hacer es definir lo que es un documento público. Según el Código de Procedimiento Civil colombiano art. 251, un documento público "es el otorgado por funcionario público en ejercicio de su cargo o con su intervención". Es un documento cuya fe pública es concedida únicamente por un funcionario público.
Un documento es falso o carece de validez probatoria cuando no es emitido por una autoridad o entidad competente, cuando es alterado o modificado, por lo que no es auténtico. Hablar de falsificación de documentos públicos es hablar de un delito muy grave y común en nuestro país, y el Código Penal colombiano impone sanciones contra cualquier persona que cometa esta falta o incluso incite a un funcionario público a cometerla y será imprescindible contar con la asesoría y representación de un
abogado penalista.
Así, la LEY 599 DE 2000 nos habla de la falsedad ideológica y falsedad material en documento público y las sanciones ante estos delitos:
Artículo 286. Falsedad ideológica en documento público
"El servidor público que en ejercicio de sus funciones, al extender documento público que pueda servir de prueba, consigne una falsedad o calle total o parcialmente la verdad, incurrirá en prisión de sesenta y cuatro (64) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de ochenta (80) a ciento ochenta (180) meses".
Artículo 287. Falsedad material en documento público
"El que falsifique documento público que pueda servir de prueba, incurrirá en prisión de tres (3) a seis (6) años.
Si la conducta fuere realizada por un servidor público en ejercicio de sus funciones, la pena será de cuatro (4) a ocho (8) años e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a diez (10) años".
Hay un agravante de este delito considerado en el artículo 290, que hace referencia a que la pena aumentará para el copartícipe en las conductas mencionadas.
Artículo 290. Circunstancia de agravación punitiva
"La pena se aumentará hasta en la mitad para el copartícipe en la realización de cualesquiera de las conductas descritas en los artículos anteriores que usare el documento…".
Incluso una persona que no haya participado en la falsificación de un documento público pero que hace uso de éste, puede ser sancionada con prisión de 4 a 12 años, según lo estipula el art. 291 de la misma ley.
Algunos documentos de orden público falsificados en Colombia son:
- Permisos especiales de permanencia en el país para extranjeros.
- Permisos a menores para viajar con alguno de los padres fuera del país.
- Pasaportes.
- Licencias de conducir.
- Registros civiles.
- Entre otros.
Ya vimos que el delito de falsificación de un documento público puede ser sancionado con pena privativa de libertad y que los años de condena varían según cada caso, sin embargo, la persona que ha infringido la ley puede obtener o ser beneficiada con algunos subrogados penales si cumple con los requisitos necesarios para ello. Algunos subrogados penales son: suspensión de la ejecución de la pena, prisión domiciliaria, libertad condicional, entre otros.
Nuestros abogados entienden que la documentación oficial es emitida por un organismo del Estado en cualquiera de sus instancias, por lo que su falsificación o adulteración para beneficio propio u otra persona o en perjuicio de un tercero es un delito. Ante este tipo de hechos punibles, hacemos la intervención para proteger los intereses de nuestro cliente y velar por sus derechos, sin desapegarnos al fiel cumplimiento del Código Penal colombiano y demás leyes.
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