¿Qué se debe hacer para declararse insolvente en Colombia?
August 11, 2023
En este articulo te traemos los detalles más importantes sobre ¿Qué se debe hacer para declararse insolvente en Colombia? Explicado por nuestros
Abogados Expertos en Insolvencia Económica.
En cualquier país las empresas y personas naturales atraviesan eventualmente por periodos de bajo rendimiento económico en los que pueden verse con limitaciones para cumplir con sus obligaciones económicas y allí pueden verse en la decisión de declararse en quiebra o tratar de llegar a acuerdos para cumplir con sus obligaciones y seguir operando sin dificultades.
¿Qué es la insolvencia económica?
Es el reconocimiento legal que se le confiere a una persona, natural o jurídica, que ha incumplido con sus obligaciones de pago, con la finalidad de permitirle reajustar con sus acreedores un plan de pago favorable, ya que por su situación financiera presente le impide cumplir a cabalidad con sus obligaciones crediticias.
Esta protección normativa que se le otorga al deudor que se ha constituido en mora y ha sufrido un revés económico, para llegar a un acuerdo sobre un plan de pago con respecto a sus acreedores, y así evitar que se adelanten procesos ejecutivos en su contra que pongan en riesgo su patrimonio.
Requisitos para declararse insolvente en Colombia
Debe tener las siguientes condiciones para poder declararse insolvente:
- Haber incumplido con dos o mas durante 3 meses consecutivos, a dos o más acreedores.
- Tener deudas como consecuencia de la actividad económica principal.
- Las deudas deben sumar el 50% del pasivo total del deudor.
El interesado en declararse insolvente deberá aportar los siguientes documentos al momento de presentar la solicitud tramite de insolvencia así (
Art. 539 CGP):
- Un informe que indique de manera precisa las causas que lo llevaron a la situación de cesación de pago.
- La propuesta para la negociación de deudas, que debe ser clara, expresa y objetiva.
- Una relación completa y actualizada de todos los acreedores, en el orden de prelación de créditos que señalan los artículos 2488 y siguientes del Código Civil.
- Una relación completa y detallada de sus bienes, incluidos los que posea en el exterior. Deberán indicarse los valores estimados y los datos necesarios para su identificación, así como la información detallada de los gravámenes, afectaciones y medidas cautelares que pesen sobre ellos y deberá identificarse cuáles de ellos tienen afectación a vivienda familiar y cuáles son objeto de patrimonio de familia inembargable.
- Una relación de los procesos judiciales y de cualquier procedimiento o actuación administrativa de carácter patrimonial que adelante el deudor o que curse contra él, indicando el juzgado o la oficina donde están radicados y su estado actual.
- Certificación de los ingresos del deudor expedida por su empleador o, en caso de que sea trabajador independiente, una declaración de los mismos, que se entenderá rendida bajo la gravedad de juramento.
- Monto al que ascienden los recursos disponibles para el pago de las obligaciones descontados los gastos necesarios para la subsistencia del deudor y de las personas a su cargo si los hubiese, de conservación de los bienes y los gastos del procedimiento.
- Información relativa a si tiene o no sociedad conyugal o patrimonial vigente.
- Una discriminación de las obligaciones alimentarias a su cargo, indicando cuantía y beneficiarios.
Nota: Para el trámite de negociación de deudas adelantado en notarías o en centros de conciliación autorizados el valor del trámite tendrá como base para el cálculo el capital de las obligaciones dinerarias que conforman el pasivo.
Entre los acuerdos más comunes que se logran cuando una persona se declara en insolvencia económica están:
- Aumentos de plazos de pago.
- Disminución de las tasas de interés.
- Condonaciones o recalculo de intereses moratorios.
- Levantamiento de embargos o suspensión de medidas y procesos en contra.
Para las personas que se consideren elegibles para acogerse a la ley de insolvencia económica, los nuevos contratos entrarán en vigencia tan pronto como hayan demostrado que pueden y están dispuestos a cumplir con los términos y cuotas del nuevo contrato. Por supuesto, puede solicitar y utilizar este procedimiento una vez cada 10 años, así que tenga cuidado de no desperdiciar su oportunidad.
De acuerdo con la ley colombiana, la declaración de insolvencia económica requiere varios pasos. El primero es negociar deudas a través de convenios con acreedores con el objetivo de mantener la estabilidad en las relaciones jurídicas y comerciales. El segundo paso es verificar estos acuerdos de conformidad con la ley, y ambas partes acuerdan los arreglos de pago para que las cuotas puedan ser pagadas en su totalidad en el menor tiempo posible. En tercer lugar, si no se respetan las reglas previstas en el convenio, se liquidará el patrimonio por no haberse llegado a un acuerdo pleno ni a una negociación previa. Por tanto, el deudor debe liquidar los bienes conforme a la ley.
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